[1109] • JUAN PABLO II (1978-2005) • PRIMADO DE LA FAMILIA EN LA EDUCACIÓN
Del Discurso En este campus, a los laicos y educadores, en León (Nicaragua), 4 marzo 1983
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2. [...] Podría decirse que la tarea educativa es connatural al laico. Porque está íntimamente unida a sus responsabilidades conyugales y familiares. Efectivamente, los laicos participan en la misión educativa, evangelizadora y santificadora de la Iglesia, en virtud de su derecho-deber, primario y original, de educar a los propios hijos (3). Y no cabe la menor duda de que la escuela es el complemento de la educación recibida en el seno de la propia familia.
Así lo reconoce la Iglesia cuando subraya el primado de la familia en la educación. Por eso yo mismo, en mi visita a la sede de la UNESCO hace dos años y medio, reivindicaba “el derecho que pertenece a todas las familias de educar a sus hijos en las escuelas que correspondan a su visión del mundo y, en particular, el estricto derecho de los padres creyentes a no ver a sus hijos sometidos, en las escuelas, a programas inspirados en el ateísmo”.
Pero es lógico que los padres tienen el deber de transmitir la fe también en el ámbito de la familia, sobre todo si esto no se pudiera hacer adecuadamente en la escuela. Más aún, cada laico cristiano debe sentir la responsabilidad de dar razón de su fe y ser portador de ésta a todos los ámbitos, con el propio ejemplo y palabra.
La libertad de las familias y la libertad de enseñanza en el proceso educativo tiene su base en un derecho natural del hombre que nadie puede ignorar. No se trata, pues, ni de un privilegio reclamado, ni de una concesión del Estado, sino de una expresión y garantía de libertad, indisociable de un cuadro global de libertades debidamente institucionalizadas. Sed pues vosotros, como educadores católicos, colaboradores y complementadores de la misión de la familia en la formación integral de las nuevas generaciones. Así ayudaréis a forjar una patria de hombres libres y conscientemente responsables de su ser y destino.
[Insegnamenti GP II, 6/1, 562-563]
3. Cfr. IOANNIS PAULI PP. II, Familiaris consortio, 36-42 [1981 11 22/36-42].